Valor Histórico de Panamá
Los monumentos de Panamá, específicamente los monumentos
históricos, constituyen por mandato constitucional el patrimonio histórico de
la Nación junto con los sitios y objetos arqueológicos, los documentos, así
como otros bienes muebles o inmuebles que sean testimonio del pasado panameño.
Así mismo, preceptúa que la riqueza artística e histórica del país constituye
el Patrimonio Cultural de la Nación y está bajo la salvaguarda del Estado el
cual prohíbe su destrucción, exportación o transmisión.
La
Iglesia Parroquial de Parita: La Iglesia Parroquial de
Parita o Iglesia de Santo Domingo de Guzmán de Parita mediante Ley 35 de 1926
fue declarada monumento histórico nacional y se destinaron dineros para proveer
lo conducente a su reparación de modo que no se alterara su aspecto artístico
colonial ni se modificara en manera alguna el estilo de su construcción.
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